miércoles, 16 de febrero de 2011

Identificación de una NOM

Las normas se identifican por un titulo que indica su aplicación general y un numero de identificación formado por:

  • Tres letras. El tipo especifico de norma, NOM para las Normas Oficiales Mexicanas y NMX para las Normas Mexicanas. Cuando le antecede a estas letras una P (pe) o PROY el texto es sólo un proyecto de norma y como tal no se puede usar, ya que podría modificarse, en caso de haber observaciones que se reúnan en el comité técnico que la elabora. La sigla EM indica un estado de emergencia y previene sobre los objetos o situaciones.
  • Tres dígitos. Es un código numérico específico de la norma, indicado por tres dígitos del 001 al 999, que es un número que siempre conserva la norma en sus diferentes versiones o refrendos. En ocasiones, una misma norma se emite en varias, ya que resulta más fácil actualizarla y revisarla; por lo que para indicarlo se pone una diagonal y un par de dígitos entre 01 y 99.
  • Tres o Cuatro letras. Siglas de la secretaría de estado o dependencia que estuvo involucrado en el estudio, emisión y encargamiento de los procedimientos de verificación, el cual se compone por tres o cuatro letras, dependiendo de la secretaría en cuestión. Estas pueden variar entre revisiones, ya que la secretaría de estado o dependencia puede crearse, modificar nombre u objetivos o desaparecer.
  • Cuatro dígitos, que indican el año que se publico Diario Oficial de la Federación, esto se confunde normalmente con la entrada en vigor, pero por el tiempo de transición la entrada en vigor puede ser hasta el año siguiente de su publicación.
  • Organización: En las normas NMX, es usual colocar las siglas del organismo privado responsable de la norma, como puede ser laANCE. O entre el identificar de tipo NMX y el numero de la norma se coloca una letra que indica el área técnica que realizo la norma.

Estructura de una NOM

La estructura básica de una norma tanto NMX como NOM es el siguiente:

  • Presentación: donde se indica su número de identificación y su titulo, la secretaria o dependencia que la emite y las bases legales.
  • Considerando: donde indica el espíritu o necesidad que llevo a crearla.
  • Prefacio: donde se presenta la norma y a los organismos involucrados en su creación.
  • Índice del contenido por títulos: donde se incidan las partes que la forman, siendo los más comunes.
  • Objetivo y campo de aplicación; esta parte indica los límites que tiene la aplicación de la norma en especifico, donde se indican las materias cubiertas y no cubiertas por la norma, por ejemplo:
  • Referencias: donde se indican los textos técnicos arbitrados que sirvieron para su elaboración.
  • Especificaciones: tablas o datos específicos para su uso con la norma.
  • Lineamientos: como debe usarse la norma para interpretarla y usar el contenido adecuadamente.
  • Cumplimiento: como debe llevarse a cabo el procedimiento por parte del usuario de la norma para verificar el cumplimiento por su parte de la norma, esto no involucra necesariamente al verificador.
  • Vigilancia: indica quien es la autoridad encargada de la vigilancia de su aplicación y cumplimiento y por ende responsable de los verificadores de la conformidad de la misma.
  • Concordancia con normas internacionales: indica si la norma tiene las características adecuadas para considerarse concordante con otra norma de origen extranjero o nacional, ya sea totalmente (caso común cuando se adopta un estándar o norma extranjera) o solo en una parte, también se indica si no es concordante con alguna que de principio lo parezca.
  • Bibliografía: indica los libros arbitrados o que se tomaron en cuenta en su elaboración.
    • El tiempo entre su publicación y su entrada en vigencia.
    • La materia que afecta y las condiciones en que la afecta, como que solo aplica a los productos realizados luego de la fecha de entrada en vigor.
    • La cancelación y/o sustitución de una norma y/o ley vigente a la fecha de publicación, la cual seguirá vigente hasta la fecha de entrada en vigor de la norma.

lunes, 14 de febrero de 2011

NOM por dependencias federales

Realice un comentario sobre la labor de las diferencias dependencias federales (SEGOB, Economía, SEDENA, etc.) como interactuan para crear una norma.

Realice una investigación sobre el tema.

Paginas sugeridas:

miércoles, 9 de febrero de 2011

CREACION DE UNA NOM

El procedimiento general de aplicación de una norma empieza con la creación o adopción de un estándar para dicho producto o servicio, para esto el CENAM tiene diferentes comités técnicos que crean, estudian y/o adaptan esos estándares, en el caso de ISO sus estándares pueden ser obligatorios por algún acuerdo internacional el cual debió ser ratificado por el Senado de la República como cualquier tratado internacional, en el caso de los emitidos por un organismo oficial regional o nacional de otro país como el Comité Europeo de Normalización de la Unión Europea o la ANSI de los EE.UU. el estándar solo abarca un carácter de recomendación pero puede ser obligado su uso por tratados laterales como un Tratado de Libre Comercio, en el caso de productos o servicios netamente mexicanos se pueden adoptar los estándares emitidos por los comités técnicos de organismos civiles especializados como el Consejo Regulador del Tequila y si fuese el producto de otro país como los EE.UU., se adoptan las recomendaciones emitidas por el área técnica de los organismos civiles especializados como la IEEE o el AREMA.

Estos estándares se pueden tomar íntegramente de la fuente, aunque con su debida traducción al español y adecuación al estándar de la normatividad mexicana, pero deben obtenerse por la CENAMo la DGN los derechos legales para el uso del contenido intelectual del contenido, lo cual puede ser librado por los tratados internacionales previos, como son los para los procedimientos generales para la evaluación de la conformidad emitidos por ISO y que se nombran en México con un doble nombre (NMX-CC-004:1995/IMNC-ISO-9002:1994. Sistemas de Calidad - Modelo para el Aseguramiento de la Calidad en Producción, Instalación y Servicio.).

En el caso de estándares similares como por ejemplo la NOM-001-SEDE y el NEC que tratan de la utilización de la energía eléctrica en la baja tensión, por el intercambio comercial los comités técnicos crean un estándar nacional adaptando las ideas generales del estándar extranjero, lo que a veces implica la obtención de los derechos de la obra extranjera, en el caso mencionado el índice de ambas obras es muy similar. Otro es el caso de la adopción u homogenización de un estándar en común, en el cual media un tratado internacional por el cual la parte técnica se deja a solo un país o a ambos países, obligándose ambos a acatarlo sin modificación, así se puede ver en la lista de productos de Cables Monterrey hoy Viakon en la cual sus productos están normalizados en base a pruebas hechas en el extranjero con un estándar extranjero pero avalado para su aplicación en México por un tratado internacional.

En todos los casos se deben emitir proyectos de norma las cuales se hacen conocer libremente a los organismos interesados en la materia, los cuales pueden emitir observaciones para su modificación, esto durante un periodo de tiempo determinado.

martes, 8 de febrero de 2011

Norma Oficial Mexicana parte II

Las normas oficiales mexicanas (NOMs) son disposiciones generales de tipo técnico expedidas por dependencias de la administración pública federal. Su objetivo es establecer reglas, especificaciones, directrices y características aplicables a un producto, proceso o servicio.

En este sentido, existe una enorme variedad de NOMs que establecen desde cuarentenas para evitar plagas en el algodón y reglas para el etiquetado de productos de perfumería y belleza preenvasados, hasta requisitos de eficiencia energética de refrigeradores y lineamientos para el derecho de paso entre los concesionarios ferroviarios.

El objeto de las NOMS es regular cuestiones de alta especificidad técnica para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en los reglamentos o en la ley. Su existencia práctica radica en que el presidente de la República no puede realizar personalmente todos los actos que permitan “proveer a la exacta observancia de las leyes en la esfera administrativa”, máxime cuando la regulación involucra cuestiones técnicas que pueden variar de manera constante y emergente. Esta dinámica requiere de una respuesta pronta que ni el Legislativo ni el Ejecutivo pueden dar siguiendo los procesos comunes de creación de leyes y reglamentos.

Como respuesta regulatoria, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (1992) ha dotado a determinadas dependencias de la administración pública federal de facultades para emitir NOMs de carácter obligatorio y normas mexicanas (NMXs) de carácter voluntario. Un rasgo particular de estas normas es que introducen un esquema de participación y consulta de particulares que pertenezcan al sector que se regula o que resultan afectados por su expedición.


Texto de:
Luz Helena Orozco y Villa.
Licenciada en Derecho por el ITAM y Maestra en Derecho por la Universidad de Columbia.

Norma Oficial Mexicana

La NOM o Norma Oficial Mexicana es una disposición que se emite para regular que un producto o servicio cumpla con ciertas especificaciones o características que lo hagan adecuado para el uso o consumo humano.

Por ejemplo, toda la ropa que compramos en México debe venir etiquetada de tal manera que se indique su lugar de procedencia, los materiales con que se fabricó esa ropa y los porcentajes y la manera de cuidar ese artículo (lavado, planchado, etc.) a fin de que su uso sea adecuado.

Muchos productos en México cumplen con estas NOMs que son de carácter obligatorio. Esto quiere decir que antes de que un producto sea comercializado, el estado verificará que en efecto cumpla la norma para que sea seguro para los consumidores.

Pero no nada más los productos están obligados a cumplir con las NOMs sino también numerosos servicios, como por ejemplo, en el sector salud.

De acuerdo con su competencia, las NOMs son expedidas por las diferentes Secretarías de Estado, sin embargo, quizá como consumidores estemos en mayor contacto con las normas de la Secretaría de Economía que se encarga de la normativa y verificación de diversos productos.

Por ejemplo, todos los aparatos electrodomésticos deben cumplir con una norma para verificar que resisten la corriente eléctrica y las variaciones de voltaje en México, pero que además verifica que no va a ocasionar un corto que pueda llegar a provocar un incendio. Es el caso de las luces de Navidad y los problemas que se han provocado a raíz de la utilización de luces no verificadas y que no cuentan con su NOM.

Pero además protege a los consumidores ya que los productos con NOM llevan una garantía que obliga al comercializador o productor a hacerse responsable por las descomposturas de los aparatos derivadas de su mal funcionamiento.